15 de Diciembre de 2014
EL AYUNTAMIENTO DE ALOVERA SE ADHIERE A LA CAMPAÑA SOBRE CONTROL DE ALCOHOL Y DROGAS PROPUESTA POR LA DGT ENTRE EL 15 Y 21 DE DICIEMBRE

El Ayuntamiento de Alovera sigue en su línea de colaboración con las campañas propuestas desde la Dirección General de Tráfico (DGT), y se ha adherido a la campaña Especial sobre control de alcoholemia y drogas que se desarrollará entre el 15 y el 21 de diciembre. En este caso la campaña tiene como objetivo primordial el recordar y concienciar a los conductores, así como a la población en general, que el alcohol es una de las mayores causas de accidente de tráfico en nuestras carreteras.

Según los datos facilitados por la DGT, el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales multiplicando por 9 el riesgo de sufrir un accidente de circulación. No sólo está relacionado con una mayor accidentalidad sino que también repercute en una mayor mortalidad, al ser un factor vinculado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas. En el último decenio, se ha detectado un cambio de los ciudadanos que ha hecho que el porcentaje de positivos detectados descienda de una forma, pasando del 5% al 1,7%en controles preventivos aleatorios, pero esta tasa se incrementa hasta el 5’6% en pruebas realizadas a causa de un accidente y hasta la cifra del 43,09% enlos análisis toxicológicos realizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses a conductores fallecidos en accidentes de circulación en 2013”.

Además del alcohol, el conducir después del consumo de sustancias psicoactivas es un hecho frecuente en España, alcanzando el 17% de los conductores españoles. Aparte del alcohol, casi un 11% de conductores conducen tras haber consumido alguna sustancia (drogas de abuso) que pueden afectar la capacidad para una conducción segura. El cannabis (THC) y la cocaína son las dos sustancias más frecuentemente halladas.

Con independencia del efecto sobre los conductores, el alcohol y las drogas  supone también un riesgo para los peatones, como usuario de la vía que comparte con los demás el espacio público, fundamentalmente en zona urbana, lo que hace que la  participación de todos los Ayuntamientos en la presente Campaña Especial tenga una importancia extraordinaria.

Por todo ello, desde el Ayuntamiento de Alovera se considera muy importante la realización de esta campaña, con el objetivo de ar y concienciar a los conductores de los riesgos del consumo de alcohol y drogas al volante y contribuir a mejorar la seguridad vial en las calles del municipio. La Policía Local de Alovera realizará controles preventivos de alcoholemia y drogas durante los días de la campaña en diferentes puntos de la localidad. Los controles se llevarán a cabo en las principales vías y calles de la localidad en diferentes días y horas, predominando en las madrugadas de los fines de semana.

Efectos del alcohol en la conducción. (Información de D.G.T)

- De 0,3 a 0,5 g/l: Excitabilidad emocional, disminución de la agudeza mental y de la capacidad de juicio. El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 2.

- De 0,5 a 0,8 g/l.: Reacción general más lenta, alteraciones en los reflejos, comienzo de la perturbación motriz, euforia en el conductor, distensión y bienestar, tendencia a la inhibición emocional, comienzo de la impulsividad y agresividad al volante. El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 5.

- De 0,8 a 1,5 g/l.: Estado de embriaguez importante, reflejos muy perturbados, pérdida del control preciso de los movimientos, problemas serios de coordinación, dificultades de concentración de la vista, disminución notable de la vigilancia y percepción del riesgo. El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 9.

 

Desde la Policía Local de Alovera se recuerda la normativa en esta materia:

Código Penal.

El Código Penal, en el Titulo XVII, tipifica los delitos contra la seguridad colectiva y en el capitulo IV  (Art.379 a 385) se tipifican los delitos contra la seguridad del tráfico.

DELITO

PENAS

ALCOHOL y DROGAS

Conducir bajo la influencia. En cualquier caso, alcohol, con tasas superiores a:

0,60 mlgr/l en aire o 1,2 gr/l en sangre. (Art 379)

Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Negativa a someterse a las pruebas. (Art. 383)

Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años

 

 

Ley de Seguridad Vial

Las tasas máximas del alcohol permitidas para conducir son:

CONDUCTORES

LÍMITE EN SANGRE*

LÍMITE EN AIRE ESPIRADO*

(1) GENERAL

0'5 gr./l

0'25 mg/l

(2) PROFESIONALES

0'3 gr./l

0'15 mg/l

(3) NOVELES

0'3 gr./l

0'15 mg/l

 

(1)Tasas máximas permitidas a la población general de conductores.

(2)Tasas máximas permitidas a conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, al transporte de viajeros de más de 9 plazas, o servicio público, al escolar y menores, mercancías peligrosas, servicios de urgencia y transportes especiales.

(3) Tasas máximas aplicables a cualquier conductor durante los 2 años siguientes a la obtención del permiso o licencia que habilita para conducir.

Así en cuanto a las drogas, la Ley prohíbe conducir bajo los efectos de las drogas, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción administrativa está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.

Con respecto al alcohol: La sanción es de 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas. Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo, así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

 

Fuente: Ayuntamiento de Alovera y DGT.