14 de Marzo de 2020
Cierre de los Puntos Limpios por la Mancomunidad.

 

Contenido del decreto:

Primero.- Queda cerrado el acceso al público a la sede de la Mancomunidad, así como a las dependencias del Hogar Amigo. Las tareas administrativas y atención se realizarán de manera telefónica (949-266-783) o telemática, a través de la Sede Electrónica de la Mancomunidad (https://vegahenares.sedelectronica.es/info.0) o mancomunidad@vegahenares.es.

Segundo.- Queda establecido el teletrabajo para todo el personal cuyo centro de trabajo es la sede de la Mancomunidad Vega del Henares.

Tercero.- El personal adscrito al Hogar Amigo deberá realizar los servicios de atención a los animales para garantizar su bienestar, debiendo mantenerse al efecto un único empleado en el centro en la jornada ordinaria, alternándose diariamente.

Cuarto.- Queda suspendido el servicio de adopción de animales abandonados en el Hogar Amigo, así como los servicios de voluntariado realizados en dicho centro.

Quinto.- El servicio de recogida de residuos sólidos deberá mantenerse por la empresa concesionaria de forma ordinaria.

Sexto.- En la prestación del servicio de recogida de residuos deberá seguirse la Instrucción sobre gestión de residuos domésticos y COVID-19 de 13.03.2020 del Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico, ya comunicada a la concesionaria, y cuantas puedan dictarse por las autoridades competentes.

Séptimo.- Se procede al cierre de la actividad en los Puntos Limpios dependientes de esta Mancomunidad, y así se comunicará a la empresa concesionaria, sin perjuicio de que, según las necesidades que pudieran surgir, se podría autorizar su apertura puntual, extremo que sería comunicado a la concesionaria con la antelación suficiente para poder llevarla a cabo.

Octavo.- La duración de las medidas acordadas en la presente resolución será la misma que la establecida para el estado de alarma, y, en su caso, a la de sus prórrogas.

Noveno.- Todo lo dispuesto en la presente resolución queda en todo sometido a lo que disponga el Decreto por el que se acuerde el Estado de Alarma, así como a las disposiciones y actos que se dicten para su aplicación y desarrollo.