6 de noviembre de 2024
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Concurso Tu foto de las fiestas

Hasta el 13 de septiembre BASES

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CONCURSO “TU FOTO DE LA FIESTAS” 2024

1. BASES REGULADORAS

La convocatoria de estos premios se enmarca dentro las Bases Reguladoras de la concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia del Ayuntamiento de Alovera, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 28 de septiembre de 2020 (BOP de Guadalajara núm. 228 de 01/12/2020).

 

2. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

1. Los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán a la aplicación presupuestaria 338 48302 Concurso “Tu foto de las Fiestas” por importe de 200,00 euros.

 

2. La concesión de estos premios será compatible con otros premios públicos o privados concedidos para el mismo destino.

 

3. OBJETO Y FINALIDAD

Es objeto de esta convocatoria regular la concesión del CONCURSO “TU FOTO DE LAS FIESTAS” 2024 con la finalidad de fomentar la participación en las Fiestas en honor a la Virgen del Carmen a través de un concurso de fotografía.

 

4. PREMIOS

Categoría “Foto más popular”: 100,00 € 

Categoría “Foto más divertida”: 100,00 €

 

5. PARTICIPANTES

Podrán participar en estos premios las personas físicas empadronadas en el municipio de Alovera. El Ayuntamiento podrá comprobar la condición de empadronamiento.

 

6. REQUISITOS Y CONDICIONES

 

1. Las fotografías deben reflejar instantes especiales que hacen únicas las Fiestas de Alovera en honor a la Virgen del Carmen. Deben estar hechas en sitios públicos, sin salir menores de forma directa y sin contenido obsceno.

2. Las fotografías podrán realizarse con cámara o móvil.

3. El número máximo de fotografías que podrá enviar cada participante será de cinco.

4. La participación en estos premios supone la aceptación total de estas bases.

5. No podrán participar las personas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

6. A este respecto los participantes deberán presentar una declaración de no encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre (Anexo I).

7. Los participantes deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y el Ayuntamiento y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones mediante declaración responsable (Anexo I). El Ayuntamiento podrá comprobar las obligaciones con el Ayuntamiento.

8. El Ayuntamiento realizará fotografías y videos de las personas premiadas, incluida la imagen personal con la finalidad de ser incorporadas, dichas imágenes, a una base documental de fotografías y vídeos, siempre y cuando las mismas tengan relación con la actividad, sin que el Ayuntamiento pueda comercializar con ella y salvaguardando en todo caso la reputación e imagen pública de las personas premiadas. Todas las imágenes servirán para la promoción de las Fiestas de Alovera. Todos estos documentos audiovisuales serán para uso del Ayuntamiento de Alovera en sus acciones de comunicación, emisión, publicación y difusión por internet y redes sociales sin límite de tiempo. Las imágenes serán tratadas conforme a los principios de calidad y seguridad de los datos, en orden en todo momento a lo previsto en la normativa vigente. El Ayuntamiento de Alovera no será responsable de las fotografías y videos que sean realizados por cualquier otra persona o entidad en el transcurso de la entrega de premios, ni aquellas que se reenvíen desde los medios de comunicación enunciados en el párrafo anterior.

9. Criterios de valoración. La valoración para la concesión de los premios se basará en la originalidad, creatividad, esfuerzo, vistosidad y relación con la categoría.

10. Las fotografías pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento con el fin de difundir y fomentar las Fiestas de Alovera.

11. Los órganos competentes para la instrucción y resolución serán el área de Cultura y la Alcaldía respectivamente.

 

7. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

 

Las solicitudes, según el modelo Anexo I, se presentarán por uno de los dos siguientes medios:

-          en la sede electrónica del Ayuntamiento https://alovera.sedelectronica.es adjuntando al procedimiento las fotografías realizadas que no podrán exceder de cinco (máximo por archivo 40 Mb), o

-          de forma presencial en el Registro del Ayuntamiento, de 9:00 a 14:00. En este caso, una vez presentada la solicitud en el Registro, se remitirá por correo electrónico a aytoalovera@aytoalovera.es la siguiente documentación:

         el Anexo I escaneado

       las fotografías que no podrán exceder de cinco.

 

El plazo para presentar las solicitudes será del 31 de agosto al 13 de septiembre de 2024.

 

 

8. JURADO Y FALLO

1. El jurado estará compuesto por la Alcaldesa-Presidenta o persona en quien delegue, un/a representante de la Biblioteca municipal de Alovera o persona en quien delegue y un/a representante técnico del Ayuntamiento y será quien fallará todos los premios. Cualquier caso no contemplado en las presentes bases será resuelto por el Jurado establecido.

 

2. El fallo del Jurado será inapelable y su decisión constará en acta.

 

3. El acta, que contendrá los ganadores de las distintas categorías, será trasladada a la Alcaldía que será el órgano competente para la resolución del procedimiento.

 

4. Se prescinde del trámite de audiencia.

 

9. ENTREGA DE PREMIOS Y PAGO

 

1. El fallo del Jurado será conocido después de las Fiestas en honor a la Virgen del Carmen y el diploma será entregado en las Fiestas de San Miguel. 

 

2. Los premios serán abonados mediante transferencia bancaria al número de cuenta que indique la persona en el Anexo II.

 

3. Los premios están sometidos a la fiscalidad y normativa tributaria vigente aplicable.

 

10. MODIFICACIÓN, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO

 

1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la obtención de los premios podrá dar lugar a la modificación del resultado, la pérdida de derecho al cobro o el reintegro de los mismos.

 

2. El reintegro total o parcial del premio tendrá que ser acordado por el órgano concedente del mismo, siempre respondiendo al principio de proporcionalidad.

 

3. En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas con motivo de la concesión del premio, el beneficiario podrá efectuar la devolución voluntaria de la cantidad percibida.

 

11. RÉGIMEN JURÍDICO

 

Estos premios se rigen por lo dispuesto en las presentes bases, en las Bases Reguladoras de la concesión de premios del Ayuntamiento de Alovera, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, salvo en aquello aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable, así como en la normativa vigente de aplicación.

 

12. PUBLICIDAD

 

1. La convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones así como en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alovera https://alovera.sedelectronica.es pudiéndose publicar adicionalmente en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente.

 

2. Se publicará en el Tablón de edictos del Ayuntamiento así como en el Portal de Transparencia un extracto de los premios concedidos, que deberá contener como mínimo la expresión de la convocatoria, las personas premiadas y cuantía de los premios, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en la que se publicará la información en los términos establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.