OMIC DE ALOVERA

 


Una OMIC es un Servicio Municipal de atención directa y gratuita a través del cual todos los ciudadanos pueden solicitar información sobre los problemas que puedan afectarles como consumidores.


La OMIC en Alovera se encuentra en la Planta Baja del Ayuntamiento. Su horario de atención es de 9,00 a 14,00 horas de lunes a viernes

 

¿QUÉ SERVICIOS PRESTA LA OMIC?
 

  • Atención personalizada de consultas.

  • Tramitación de denuncias, quejas y reclamaciones.

  • Mediación entre las partes para la resolución de determinadas cuestiones.

  • Campañas de información y orientación a los consumidores.

  • Edición de material informativo.

  • Archivo legislativo y normativo.

  • Colaboración con las asociaciones de consumidores.
     

¿CÓMO RECLAMAR?


A la hora de realizar una consulta o reclamación en la OMIC de Alovera se podrá efectuar por diversos medios:

 

  • Personándose en las oficinas de la OMIC.

  • Por teléfono, llamando al 949 27 55 42

  • A través del correo electrónico omic@aytoalovera.es
     

 

 

INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR


Las Hojas de Reclamaciones representan para los consumidores y usuarios, el cauce más eficaz de poner en conocimiento de la Administración las situaciones de inferioridad e indefensión con las que se pueden encontrar en materia de consumo y así poder salvaguardar sus derechos básicos reconocidos.




Las Hojas de Reclamaciones están compuestas por un juego de impresos que consta de original y dos copias. Una vez solicitada y recibida la Hoja de Reclamación, el reclamante procederá a rellenar los espacios para el destinados, donde hará constar su identificación así como la reclamación que realiza. Por su parte el reclamado rellenará los espacios para el destinados, con sus datos y las alegaciones que estime oportunas. Ambos, reclamante y reclamado firmarán la Hoja, quedando en su poder una copia de la misma para cada uno. El original de la Hoja deberá entregarse a una OMIC o a los Servicios Provinciales de Consumo.


Siempre que el consumidor o usuario crea que se están vulnerando sus derechos, puede solicitar en el establecimiento o centro que comercialice productos o preste servicios, que le sea entregada una hoja de reclamaciones.

El Decreto 72/1997, de 24 de junio, de la Hojas de Reclamaciones de los Consumidores y Usuarios, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, establece en su artículo 1 que "Todas las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos o centros que comercialicen productos y bienes o presten servicios en la Comunidad de Castilla La Mancha, tendrán a disposición de los consumidores y usuarios hojas de reclamaciones debidamente anunciadas, selladas y numeradas por los Servicios Provinciales de Consumo correspondientes a las provincias dónde aquellas ejerzan su actividad".

 

Enlaces de interés para los consumidores:

 

www.consumo-inc.gob.es

 

http://pagina.jccm.es/consumo/

www.uclm.es/centro/cesco/

 

http://aplicaciones.consumo-inc.es/cidoc/Consultas/dirMapas.aspx?tabla=omic